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Presidente Danilo Medina juramenta a Karen Ricardo como funcionaria

Por Darwin Feliz Matos

Santo Domingo.- La actual diputada Karen Ricardo Corniel fue juramentada la mañana de este lunes por el presidente Danilo Medina Sánchez, como nueva directora general de la Dirección General de Programas Especiales de la Presidencia (Digepep).Imagen

El mandatario emitió el decreto 18-20 con el cual designaba Karen Ricardo, como directora de Programas Especiales de la Presidencia, en sustitución de Domingo Contreras, quien aspira a la alcaldía del Distrito Nacional.

Con ese mismo decreto fueron designados además Lourdes Margarita Alvarado y Johanny Pimentel Sánchez, gobernadoras civiles en las provincias La Vega y Azua, respectivamente.

Mediante el referido decreto, el jefe de Estado designó también a José Manuel Mallén, miembro de la Junta Monetaria; Juan Carlos Guerra, viceministro de Asuntos Consulares y Migratorios del Ministerio de Relaciones Exteriores; Ángelo Rodríguez, miembro del Consejo de Administración de la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EDESUR).

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Al asumir como nueva directora de la Digepep, Karen Ricardo agredeció la designación, al tiempo que se comprometió a honrar con el deber de dignificar, a través de políticas públicas integrales, la vida de las y los dominicanos

«Agradezco la confianza que me ha depositado el presidente de la República, licenciado Danilo Medina, de designarme como Directora Gral @DigepepRD , la cual honraré con el deber de dignificar, a través de políticas públicas integrales, la vida de las y los dominicanos» expresó la legisladora en su cuenta de twitter.

Renunciará

Hasta el momento se desconoce si la diputada Karen Ricardo, renunciará a su curul, como representante de Santo Domingo Este, debido a que el articulo 77 de la constitución dominicana, prohibe las incompatibilidades de las funciones como legislador excepto la de la labor docente.

«Los cargos de senador y diputado son incompatibles con otra función o empleo público, salvo la labor docente. La ley regula el régimen de otras incompatibilidades» establece el artículo 77 de la carta magna.

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