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Diputados aprueban proyecto de bienes incautados

Santo Domingo.- Decomisados y en Extinción de Dominio, provisto de personalidad jurídica, con autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrito al Ministerio de Hacienda, como órgano responsable de la administración y destino de los de los indicados bienes.

Inacabide venderá los bienes

El Incabide, según pondera el artículo 70 del documento legislativo, venderá anticipadamente los bienes incautados, secuestrados o abandonados sujetos a su administración “sin que sea necesario esperar una sentencia definitiva de decomiso o extinción de dominio”.

Se podrá hacer esto cuando sean bienes semovientes, fungibles y perecederos; bienes que se deprecien considerablemente por el paso del tiempo; bienes que sean de fácil deterioro; bienes que ameriten su disposición rápida por la naturaleza de los mismos; y bienes cuyo costo de mantenimiento sea de tal magnitud que permita estimar que absorberá la utilidad de una futura venta de los mismos.

Las ventas anticipadas podrán realizarse por cualquiera de las modalidades de venta por subasta establecidas en esta ley y serán autorizadas por el Consejo Directivo del Incabide.

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