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Colegio de Abogados pide a Cámara de Cuentas asesoría para seleccionar firma que audite sus fondos

También requirió las recomendaciones de la Contraloría General de la República.

Santo Domingo.- El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) solicitó a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República y al Instituto de Auditores Internos asesoría para seleccionar una firma auditora privada que fiscalice los recursos del gremio.

Miguel Surun Hernández, presidente del CARD, informó que a pesar de que los fondos del colegio no son estatales, porque provienen de las ventas de sellos utilizados para legalizar documentos judiciales, ha acudido a dos organismos fiscalizadores del Estado para que colaboren con el proceso.

Explicó que para legitimar la elección de la firma auditora, la actual administración también requirió a la Dirección General de Compras y Contrataciones Públicas, al Colegio de Contadores Públicos, a la Fundación Institucionalidad y Justicia y a Participación Ciudadana, acompañamiento, veeduría, asesoría y supervisión para que el proceso de licitación sea realizado conforme a los procedimientos establecidos en la Ley 340-06 de Compras y Contrataciones Públicas.

Una comunicación de prensa de la CARD dice que entre las firmas privadas sugeridas para realizar dicha auditoría se encuentran BDO Dominicana, Deloitte, KPMG, Deloitte, Pricewaterhousecoopers, Ernst & Young, ManPower, MasterCard, Mckinsey & Company, The Cocktail, Baker McKenzie, Right Management Consultant, Basham, Ringey CorreaS.C, Mckinsey & Company.

El comunicado afirma que el CARD cuenta con autonomía, independencia presupuestaria y financiera y que hace publica en su página web www.colegiodeabogados.org.do, todas las informaciones referentes a erogaciones, nóminas, compras y contrataciones, gastos semanales, auditorías, gastos extraordinarios, ingresos diarios, y otros.

Sostiene que en los últimos cinco años las gestiones del CARD han sido auditadas anualmente y que se ha revelado un manejo correcto y eficiente de los recursos, en cumplimiento al artículo 2 de la Ley No. 10-07 que instituye el Sistema Nacional de Control Interno y de la Controlaría General de la República, que establece la necesidad de realizar auditorías a instituciones descentralizadas y autónomas; asimismo al artículo 19 de la Ley 3-19 del Colegio de Abogados, que plantea una rendición de cuentas anual, y en otras épocas del año en caso de ser necesario.

La Ley 3-19 del Colegio de Abogados establece el pago de 50 pesos por sellos para ser utilizados en contratos notarizados; registros, modificaciones, renovaciones y transformaciones; registros comerciales tramitados por ante la Cámara de Comercio y Producción de la República Dominicana, actos de alguaciles, conclusiones judiciales y otros, cuyos recursos van al gremio.

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